En el PS/00691/2015 de la AEPD podemos ver la sanción impuesta por la AEPD a la Asociación PNM de Madrid por divulgar documentación con Datos especialmente protegidos a través de su página web.
El 21/01/2015 tiene entrada en la AEPD un escrito de la Asociación 11 M Afectados de Terrorismo, declarando que el hijo de uno de sus socios, realizando un ejercicio práctico de informática, insertó su nombre y apellidos en Google para ver qué información aparecía sobre él y en qué páginas web. El alumno comprobó que en una de ellas aparecían publicados libros de familia, informes médicos, informes de autopsias, minusvalías y amputaciones y otra documentación de las personas implicadas en el atentado del 11 de marzo de 2004, incluida la suya.
A la vista de los hechos, los Servicios de Inspección de la AEPD realizan una búsqueda en la web de la denunciada, la cual permitía el acceso a documentos del sumario de un proceso judicial, entre otros.
La AEPD estimó que este tratamiento de datos está sujeto a normativa LOPD y puesto que la APNM no pudo acreditar la recogida del consentimiento de los afectados para el tratamiento y publicación de sus datos, la Directora resuelve sancionar a la demandada.
Resultado: multa de 100.000€ a la Asociación PNM por infracción del artículo 7.3 de la LOPD tipificada como muy grave en el artículo 44.4b) de la misma.
IMPORTANTE
La publicación de datos a través de internet sin consentimiento, es una infracción muy grave en el cumplimiento de la LOPD.