Actualmente, se están viviendo situaciones paradójicas en materia de protección de datos debido a la pandemia que estamos sufriendo por la COVID-19.
Recientemente, la AEPD se ha pronunciado en un comunicado a cerca del tratamiento de datos de salud incluidos en el currículum vitae de los solicitantes a un empleo.
El dato de salud en cuestión, es el referido al estado de inmunidad frente a la enfermedad.
Primero, el responsable de una entidad no puede solicitar este dato para incluirlo dentro del proceso de selección como un requisito, ya que, se estaría llevando a cabo un tratamiento de datos de categorías especiales sin una finalidad legitima. Por otro lado, la legitimación del tratamiento es ilícita. Este supuesto no puede fundamentarse en el consentimiento del candidato, no sería válido, puesto que en esta situación no se daría libremente. Tampoco se podría alegar una necesidad para la celebración del contrato y aplicar las medidas de prevención. El responsable debe mantener la seguridad en su centro de trabajo, respecto de sus trabajadores y el futuro candidato aún no lo es.
En segundo lugar, cuando un responsable reciba un currículum vitae incluyendo este dato sobre el estado de inmunidad del candidato debería eliminarlo de su base de datos.
IMPORTANTE
Pedir información sobre el estado de inmunidad frente a la COVID-19 va más allá de las obligaciones impuestas al empresario en la legislación laboral.