El RDLOPD 1720/2007 regula en sus artículos 50 y 51 el ejercicio de los derechos ARCO en relación a los tratamientos para actividades de publicidad y prospección comercial. En ellos se establece que:
-El Responsable está obligado a informar en cada correo sobre cómo dar cumplimiento a tales derechos ARCO
–Si el Responsable encarga a un tercero una campaña publicitaria y un afectado ejercita los derechos ante el tercero, éste deberá comunicarlo al Responsable para que atienda al afectado en sus derechos.
–Si los datos personales utilizados para el envío de publicidad se hubieran obtenido de fuentes accesibles al público en cada comunicación que se dirija al interesado se le informará del origen de los datos, y de la identidad del Responsable.
-Los interesados tienen derecho en cualquier momento a oponerse al tratamiento de sus datos con fines comerciales, incluso a pesar de haber sido facilitados por ellos mismos. Este derecho de oposición al tratamiento es de carácter indefinido, por lo que no podrá volverse a enviar comunicaciones comerciales, salvo que el interesado preste nuevamente su consentimiento.
Por tanto, el destinatario de los mensajes podrá solicitar en cualquier momento el cese del envío de los mismos. Para ello, el Responsable deberá facilitarle un medio sencillo y gratuito, como puede ser una dirección de correo electrónico o un nº teléfono gratuito.
IMPORTANTE
Podrán enviarse comunicaciones comerciales a personas que figuran en guías públicas, siempre que estos no hubieran ejercido previamente su oposición y se les dé la opción de darse de baja