En la resolución de la AEPD https://www.aepd.es/es/documento/ps-00395-2021.pdf se sanciona a un restaurante por la publicación de los datos personales de una extrabajadora en las reseñas de Google.
La reclamante denunció ante la AEPD la publicación de sus datos personales en Internet. Manifiesta que el propietario del restaurante en el que trabajaba respondió a las reseñas negativas que habían publicado en Google, alegando que las criticas venían de parte de los amigos de la reclamante, y para ello, identificó a la extrabajadora con nombre y apellidos, revelando, además, las circunstancias de su sanción laboral.
Junto a la reclamación, aporta cuatro capturas de pantalla, con el título “Respuesta del propietario”, en las que se visualiza la contestación a diferentes reseñas, en las cuáles, incluye el nombre y apellidos de la reclamante.
La Subdirección General de Inspección procedió a la realización de actuaciones previas de investigación, solicitando información a la entidad reclamada, sin obtener respuesta alguna por parte de esta. Finalmente, la AEPD, a la vista de los hechos, le impuso una sanción de 1.500 € por la infracción del art.5.1. f, falta de confidencialidad y el art.6.1.a el tratamiento es ilícito por la publicación sin el consentimiento.
IMPORTANTE
La publicación de datos de terceros en Internet requiere del consentimiento del interesado afectado, salvo que, esté exceptuado legalmente.