La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado el ‘Plan de Inspección de oficio de la atención sociosanitaria’, que analiza por primera vez los tratamientos que se llevan a cabo en este ámbito e investiga su adecuación a la normativa de protección de datos.
Las inspecciones de oficio que realiza la Agencia en distintos sectores o áreas específicas no tienen carácter sancionador sino preventivo y se llevan a cabo para obtener una visión integral que permita detectar deficiencias y realizar las oportunas recomendaciones. La finalidad de estas inspecciones es elevar el nivel de protección de los ciudadanos a través del análisis de los datos que manejan las organizaciones.
El plan contiene conclusiones respecto del cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), así como recomendaciones dirigidas a organismos públicos, empresas e instituciones titulares de centros sociosanitarios, que inciden en actuaciones necesarias para una correcta aplicación de la normativa. También incluye un decálogo que resume las principales conclusiones y un grupo de preguntas y respuestas frecuentes con las dudas recogidas durante su ejecución.
Entre las conclusiones más relevantes se encuentran las referidas a la información que se debe ofrecer al usuario de estos servicios, que preferiblemente será por capas, concisa y con un lenguaje claro, de acuerdo con la capacidad de comprensión del destinatario de la información. Por ejemplo, la primera capa deberían ser carteles informativos sencillos ubicados en zonas de acceso a los centros, en los que se podrían incluir referencias a otras capas de información más detallada.
Durante las auditorías se detectaron problemas relacionados con la identificación por parte de los responsables de las bases jurídicas que amparan los tratamientos, por lo que la Agencia recuerda que para cada actividad de tratamiento realizada hay que identificar su base jurídica.
El apartado de preguntas frecuentes da respuesta a otras dudas surgidas en el contexto de la actividad de la atención sociosanitaria, por ejemplo, si es posible cancelar determinados datos de un usuario a petición suya, llevar a cabo tratamientos con fines de investigación médica en un centro, o si es obligatorio facilitar datos personales de los usuarios del centro si lo solicitan las fuerzas de seguridad.
IMPORTANTE
Se tienen que tratar los datos observando los principios del RGPD, en particular minimización, limitación y criterios de conservación mínimos.
Fuente: AEPD