Los derechos digitales son aquellos que garantizan el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas en el ámbito digital, como la libertad de expresión, la privacidad, la seguridad, la educación o la participación. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) reconoce y regula estos derechos en su Título X, con el objetivo de adaptar el ordenamiento jurídico español al desarrollo tecnológico y a las nuevas formas de comunicación e interacción social que se han generado a través de internet.
Entre los derechos digitales protegidos y garantizados por la LOPDGDD se encuentran los siguientes:
– El derecho a la neutralidad de internet: implica que los proveedores de servicios de acceso a internet no pueden bloquear, interferir, discriminar o degradar el contenido, las aplicaciones o los servicios que los usuarios elijan libremente, salvo por razones justificadas de seguridad pública, protección de menores o salud pública.
– El derecho al acceso universal a internet: implica que todas las personas tienen derecho a acceder a internet en condiciones de asequibilidad, calidad y sin discriminación, así como a recibir una educación digital que les permita hacer un uso adecuado y responsable de este medio.
– El derecho a la seguridad digital: implica que los usuarios tienen derecho a que se garantice la seguridad e integridad de sus datos personales y de sus dispositivos electrónicos, así como a recibir información sobre los riesgos potenciales que puedan afectar a su privacidad o a su identidad digital.
– El derecho a la educación digital: implica que los estudiantes tienen derecho a recibir una formación integral en el uso de las tecnologías digitales, que les permita desarrollar sus competencias digitales y fomentar el pensamiento crítico, la creatividad y la innovación. Asimismo, los docentes tienen derecho a recibir una formación continua en este ámbito y a disponer de los recursos necesarios para impartir una educación digital de calidad.
– El derecho a la protección de datos personales en internet: implica que los usuarios tienen derecho a que se respeten los principios y garantías establecidos por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y por la LOPDGDD en el tratamiento de sus datos personales en internet, como el consentimiento informado, la limitación de la finalidad, la minimización de datos, la transparencia, la seguridad o el derecho al olvido.
– El derecho al olvido en internet: implica que los usuarios tienen derecho a solicitar la supresión de sus datos personales cuando estos sean inadecuados, irrelevantes o excesivos para la finalidad para la que fueron recogidos o tratados, o cuando hayan transcurrido los plazos legales establecidos para su conservación. Este derecho se puede ejercer ante el responsable del tratamiento o ante los motores de búsqueda que indexen dichos datos.
– El derecho a la portabilidad de los datos: implica que los usuarios tienen derecho a recibir sus datos personales en un formato estructurado, común y legible por máquina, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento sin impedimentos, siempre que el tratamiento se base en el consentimiento o en un contrato y se efectúe por medios automatizados.
– El derecho a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de datos: implica que los usuarios tienen derecho a no ser sometidos a decisiones individuales que produzcan efectos jurídicos o les afecten significativamente y que se basen exclusivamente en el tratamiento automatizado de sus datos personales, incluida la elaboración
de perfiles. Este derecho no se aplica cuando el tratamiento sea necesario para la celebración o ejecución de un contrato, esté autorizado por una norma legal o se base en el consentimiento explícito del usuario.
– El derecho a la intimidad y al uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral: implica que los trabajadores tienen derecho al respeto de su intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, así como al respeto de su privacidad frente al uso de sistemas de geolocalización o videovigilancia. Asimismo, tienen derecho a ser informados previamente y por escrito sobre las normas internas establecidas por el empleador sobre el uso de estos dispositivos y sobre las medidas de control que se puedan adoptar.
– El derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: implica que los trabajadores tienen derecho a no ser contactados por el empleador o por sus compañeros fuera de su horario de trabajo, salvo por causas justificadas o de fuerza mayor, y a no acceder a los medios digitales relacionados con su actividad profesional durante sus períodos de descanso, vacaciones o permisos. Este derecho tiene como finalidad garantizar el respeto de su tiempo de trabajo, de su intimidad personal y familiar y de su salud física y mental.
– El derecho a la identidad digital: implica que los usuarios tienen derecho a crear, gestionar y eliminar su identidad digital en internet, así como a preservar su reputación e imagen frente a ataques o injerencias ilegítimas. Este derecho incluye el derecho al pseudonimato, es decir, el uso de seudónimos o identidades ficticias para expresarse o interactuar en internet, siempre que no se vulnere la ley o los derechos de terceros.
– El derecho a la libertad de expresión en internet: implica que los usuarios tienen derecho a expresar libremente sus opiniones, ideas o informaciones en internet, sin censura previa ni limitaciones indebidas, siempre que no se vulnere la ley o los derechos de terceros. Este derecho incluye el derecho a acceder y difundir contenidos digitales plurales y diversos, así como el derecho a participar en espacios de deliberación y debate público en internet.
– El derecho a la participación política y cívica en internet: implica que los usuarios tienen derecho a ejercer sus derechos políticos y cívicos en internet, como el derecho al voto electrónico, el derecho a la iniciativa legislativa popular digital, el derecho a la consulta popular digital o el derecho a la participación en procesos de democracia directa o participativa en internet. Este derecho tiene como finalidad fomentar la implicación y el compromiso de los ciudadanos con las cuestiones públicas que les afectan.
– El derecho al acceso a la información pública en internet: implica que los usuarios tienen derecho a solicitar y recibir información pública en formato digital, siempre que no concurran las causas de denegación previstas por la ley. Este derecho tiene como finalidad garantizar la transparencia y el control de la actividad pública por parte de los ciudadanos.
– El derecho al acceso a la cultura y al conocimiento en internet: implica que los usuarios tienen derecho a acceder libremente y sin restricciones indebidas a los contenidos culturales y educativos disponibles en internet, así como a crear y difundir sus propias obras culturales o científicas en este medio. Este derecho tiene como finalidad promover la diversidad cultural y el desarrollo intelectual de las personas.
Estos son algunos de los derechos digitales protegidos y garantizados por la LOPDGDD, pero no son los únicos. La LOPDGDD también reconoce otros derechos específicos para determinados colectivos o situaciones, como el derecho al testamento digital, el derecho a la protección de datos personales de las personas fallecidas, el derecho al olvido en redes sociales y servicios equivalentes, el derecho a la protección de datos personales de los menores o el derecho al secreto de las comunicaciones electrónicas.
La LOPDGDD es una norma pionera en Europa y en el mundo que pretende garantizar un equilibrio entre el desarrollo tecnológico, la innovación y el respeto a los derechos fundamentales de las personas en el ámbito digital. Sin embargo, para que estos derechos sean efectivos, es necesario que los usuarios sean conscientes de su existencia y de su alcance, así como que los responsables del tratamiento cumplan con sus obligaciones legales y éticas. Solo así se podrá lograr una sociedad digital más justa, democrática e inclusiva.