Una de las técnicas utilizadas por las empresas a la hora de captar clientes es recurrir a la recopilación de direcciones para el reparto de documentos, envío de publicidad y prospección comercial, con el fin de comercializar sus productos o servicios o incluso los de terceros a los que prestan servicios.
El RDLOPD, en su artículo 45 establece que los datos personales relativos a los nombres y direcciones entre otros, sólo podrán ser utilizados con la finalidad descrita anteriormente en dos supuestos:
- Cuando dichos datos sean recabados de fuentes accesibles al público y su titular no se haya opuesto a recibir tal información. En estos casos, en cada comunicación enviada, deberá informarse al titular, sobre el origen de los datos, la identidad del responsable y una dirección para ejercer los derechos ARCO.
Cuando los datos sean facilitados por los propios interesados o hayan sido obtenidos con su consentimiento con la concreta finalidad de enviarles dicha información publicitaria o comercial.
IMPORTANTE
Son fuentes accesibles al público: el censo promocional, los repertorios telefónicos, las listas de profesionales con datos referidos a ellos, los diarios y boletines oficiales y los medios de comunicación.