Los derechos que puede ejercitar un afectado son los derechos de acceso, rectificación, supresión (“derecho al olvido”), oposición, portabilidad, limitación del tratamiento y derecho de oposición a las decisiones automatizadas (incluyendo la elaboración de perfiles). Cada uno de ellos puede ejercerse ante el responsable del tratamiento, delegado de protección de datos e incluso encargado del tratamiento, cuando así se haya previsto en el contrato de acceso a datos.
El plazo para resolver puede variar dependiendo del tipo de derecho solicitado, así, por ejemplo, el derecho de supresión se realizará sin dilación indebida, aunque, en cualquier caso, el plazo para responder será de un mes desde que se recibe la solicitud. Podríamos prorrogarlo dos meses más si fuera necesario, dependiendo de la complejidad del asunto y el número de solicitudes. En este caso, tendremos que informar al interesado de los motivos de la dilación dentro del plazo de un mes desde que recibimos la petición.
¿Qué ocurre si no es posible cursar el derecho solicitado? Tendremos que informar al interesado sin dilación indebida y, a más tardar, dentro del plazo de un mes de las razones por las cuáles no se puede dar respuesta a su derecho. Además, le informaremos de la posibilidad de presentar una reclamación a las autoridades de control.
IMPORTANTE
En todas las entidades debería existir un protocolo de actuación para dar respuesta a los derechos de los interesados para evitar graves sanciones por su incumplimiento.