En el procedimiento sancionador https://www.aepd.es/resoluciones/PS-00072-2018_ORI.pdf , instruido por la AEPD, sanciona con 15.000 euros, a la entidad Acciona Airport Services S.A.U. (en adelante ACCIONA), por haber cedido datos personales de sus trabajadores, considerados excesivos, en la negociación del expediente de regulación temporal de empleo a la Comisión Negociadora.
Los denunciantes, que son los miembros del Comité de Empresa de ACCIONA y sus delegados sindicales, presentaron una demanda ante la Agencia, aportando como pruebas los documentos que se habían entregado a la Comisión Negociadora del expediente de regulación, los cuáles contenían, el DNI/NIF, dirección postal personal, N.º de cuenta bancaria, N.º de afiliación a la seguridad social, fecha de nacimiento, departamento, tipo de contrato, categoría profesional, representante legal, sexo y salario anual, alegando que eran datos excesivos, ya que no se trataba de un expediente de regulación por causas económicas.
La entidad, en su contestación, dispone que la cesión de los datos se realizó en virtud del art.47 del Estatuto de los trabajadores, relativo a suspensión del contrato (…) y por lo tanto los cedió en cumplimiento de una obligación legal.
La AEPD, en su resolución, declara que se ha incurrido en una infracción grave, los datos personales tratados, fueron excesivos y no adecuados.
IMPORTANTE
En la LOPDPGDD se considera una infracción muy grave el tratamiento de los datos personales vulnerando los principios y garantías del art.5 del RGPD.