Las vulnerabilidades informáticas son fallos o debilidades en los sistemas o aplicaciones que pueden ser aprovechados por los ciberdelincuentes para acceder, modificar o destruir datos sensibles de una empresa. Estas vulnerabilidades pueden poner en riesgo la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información, así como la reputación y el cumplimiento legal de la organización.
Para minimizar el riesgo intrínseco de las vulnerabilidades informáticas, es necesario realizar un análisis de seguridad que identifique y evalúe los activos, amenazas y medidas de protección existentes. Este análisis debe estar basado en los principios y requisitos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que es el organismo encargado de velar por el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) en España.
El análisis de seguridad indicado por la AEPD tiene como objetivo garantizar que la empresa cumpla con el principio de responsabilidad proactiva, que implica adoptar medidas técnicas y organizativas adecuadas para asegurar y demostrar que el tratamiento de datos personales se realiza conforme a la normativa vigente. Entre estas medidas se encuentran la realización de una evaluación de impacto en la protección de datos (EIPD) cuando el tratamiento pueda suponer un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas, la designación de un delegado de protección de datos (DPD) cuando sea obligatorio o conveniente, y la notificación e información a la AEPD y a los afectados en caso de producirse una violación de seguridad.
Un buen análisis de seguridad dictado por la AEPD puede minimizar el riesgo intrínseco de las vulnerabilidades informáticas en la empresa, ya que permite detectar y corregir las deficiencias existentes, prevenir o mitigar los posibles incidentes, mejorar el nivel de protección y confianza de los clientes y usuarios, y evitar o reducir las sanciones administrativas o judiciales derivadas del incumplimiento normativo.
Un análisis de seguridad adecuado se basa en los siguientes parámetros:
– El estado de la técnica y los costes de aplicación de las medidas de seguridad técnicas y organizativas apropiadas para garantizar el nivel de seguridad adecuado al riesgo del tratamiento de datos personales.
– La naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas.
– La realización de un inventario de activos partiendo de la descripción sistemática del tratamiento.
– La identificación de los riesgos, para los derechos y libertades de los interesados, asociados a los activos que consten en el inventario de activos.
– La evaluación del riesgo para los derechos y libertades de los interesados.
– La gestión de riesgos para los derechos y libertades de los interesados a lo largo del ciclo de vida del tratamiento.
El análisis de seguridad debe tener en cuenta los riesgos que atenten contra los derechos y libertades de los interesados, especialmente sus derechos y libertades fundamentales. Además, debe cumplir con la normativa aplicable en cada caso, como la norma ISO 27000 o el Esquema Nacional de Seguridad. En algunos casos, el análisis de seguridad puede requerir la realización de una evaluación de impacto en protección de datos (EIPD) o una consulta previa a la autoridad de control.