En el procedimiento sancionador https://www.aepd.es/es/documento/ps-00423-2019.pdf, instruido por la AEPD, se sanciona a la entidad de MYMOVILES EUROPA 2000, S.L.(en adelante el reclamado) por no tener indicado en el aviso legal de su página web la identidad y además, carecer de políticas de privacidad.
El reclamante presentó un escrito ante la AEPD en el que dejaba constancia de que la página web de la entidad reclamada no estaba cumpliendo debidamente con el deber de informar, ya que, a pesar de tener un formulario de recogida de datos no facilitaba ningún documento en el que se informara al interesado sobre quién era el responsable, la finalidad o legitimación del tratamiento, entre otros aspectos que deben de recoger las políticas de privacidad. En el escrito de reclamación se aportaba como prueba la captura de pantalla del aviso legal de la web y de los términos y condiciones de la misma.
La AEPD inició los trámites oportunos de investigación previa para el esclarecimiento de los hechos. En el periodo de alegaciones no recibió contestación alguna por parte del reclamado. La falta de información a los interesados supone un incumplimiento del art.13 del RGPD y del principio de transparencia, ésta se considera una infracción leve. La multa administrativa que finalmente impuso la AEPD alcanzó los 1.500 euros, ya que se aplicaron los criterios de graduación tales como que no se habían obtenido beneficios directos.
IMPORTANTE
El tratamiento de los datos personales implica siempre un deber de informar al interesado, que debe ser facilitado en el momento de la recogida de los datos.