El plazo para acogerse al nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) finalizo el viernes día 25. A partir de este momento, las empresas deberán informar detalladamente de la recogida de datos, adaptando nuevos procedimientos y solicitando una autorización expresa e inequívoca si tratan o gestionan datos personales. Finalizado este plazo que comenzó el 25 de enero de 2016 aún son muchísimas las empresas que aún tienen dudas o que directamente aún no se han adaptado.
No habrá moratoria
Según declaraciones de la directora de la AEPD, Sra. Mar España, que aseguraba hace unos días que no habrá moratoria para cumplir la ley europea de protección de datos. Las empresas españolas que lleguen al 25 de mayo sin los deberes hechos deberán enfrentarse a posibles sanciones.
Sanciones previstas
Las sanciones previstas, según la infracción las multas administrativas que se contemplan pueden alcanzar de entre 10 y 20 millones de euros, o entre el 2 y el 4% del volumen de negocio anual global.
Como para no adaptarse a la RGPD…