Entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos o RGPD.
A solo 5 meses del fin del periodo de adaptación al Reglamento Europeo de Protección de Datos del Parlamento Europeo y del Consejo, publicado el día 27 de abril de 2016 en el Boletín Oficial de la Unión Europea.
En el artículo 99 se establece un periodo de adaptación al mismo de 2 años, de manera que no será aplicable hasta el 25 de mayo de 2018.
El objetivo de la reforma es adaptar la protección de datos a la era digital y dar más control a los ciudadanos sobre su información privada. Cabe señalar, que el mencionado texto, será de aplicación directa para toda la UE, quedando así los sistemas legislativos anteriores en materia de Protección de Datos supeditados a éste último.
Entre otras las novedades más importantes dignas de mención son:
- El derecho al olvido, mediante la supresión o rectificación de datos personales.
- Consentimiento claro y afirmativo de la persona a la que pertenezcan los datos personales y fortalecimiento de la obligación de información a los interesados.
- Introducción de la figura del Delegado de Protección de Datos (DPO) en organismos públicos y entidades privadas, este nuevo cargo será el encargado de velar por el cumplimiento de la normativa.
- Portabilidad de los datos o derecho a trasladar éstos a otro proveedor de servicios.
- Multas de hasta 20 millones de euros, o el 4% de la facturación global de 1 año de las empresas en caso de infracción.
Además, en este paquete de reformas también se incluye una directiva sobre transmisión de datos para cuestiones judiciales y policiales, la cual se aplicará al intercambio de los datos transfronterizos de la UE y establecerá estándares mínimos para el tratamiento de datos en cada país.
Por tanto, surge la cuestión sobre la adaptación de éste a los diferentes ordenamientos. Lo cierto es que durante el plazo que está a punto de finalizar, la Ley Orgánica de Protección de Datos seguirá estando en vigor y no será modificada, por tanto, la LOPD seguirá siendo de obligado cumplimiento hasta el momento de la entrada en vigor de la RGDP momento en que será efectiva para su cumplimiento.
En Adaptación LOPD tenemos ya los nuevos sistemas de adaptación RGDP.