Son ficheros comunes de exclusión aquellos que están formados por un conjunto organizado de datos de carácter personal cuyos titulares se han negado u opuesto a recibir publicidad comercial.
Estos ficheros pueden ser de carácter general o creado para un sector concreto.
Los responsables que realicen tratamientos de estos ficheros, han de cumplir una serie de obligaciones en materia de protección de datos:
• Deben conservar únicamente los datos imprescindibles para identificar al interesado y evitar dicho envío.
• Adoptar las medidas necesarias para evitar el envío de publicidad.
• Recibida la solicitud de exclusión, deben informar al interesado de la existencia del fichero, de la identidad del responsable y su domicilio y la finalidad del tratamiento.
• Quienes realicen actividades de publicidad o prospección comercial, deberán previamente consultar estos ficheros por si pudieran afectar a su actuación.
IMPORTANTE
Los promotores de estos ficheros deberán notificarlos para ser inscritos en el Registro General de Protección de Datos y facilitar así su consulta.